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Qué dice Tráfico sobre zigzagear entre el tráficoImprimir
9 de Septiembre de 2019
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Qué dice Tráfico sobre zigzagear entre el tráfico

Aunque todos los que montamos en moto realizamos habitualmente la maniobra de filtrado (o zigzagear entre el tráfico), seguro que nunca te habías preguntado si dicha forma de conducción está contemplada legalmente por la DGT.

La respuesta nos llega desde el Reglamento de Circulación en el que se indica que las motos deben cumplir con las mismas normas de circulación que los coches, lo que significa que deben ocupar el centro de su carril y señalizar con tiempo de antelación las maniobra de cambio de carril.

Cuando el adelantamiento se produce en ciudad “el conductor del vehículo que ha de adelantar dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y la anchura y características de la calzada”. Y el adelantamiento debe ser a una velocidad superior al del vehículo al que rebasa. 

Las normas para adelantar se reflejan en los artículos 82 al 87 del Reglamento General de Circulación, indicando que como norma general, el adelantamiento se debe realizar por la izquierda, aunque en las vías urbanas se puede rebasar a otros vehículos por la derecha. Siempre y cuando “el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios”.

Fuera de poblado, entre la moto “y las partes más salientes del vehículo al que se adelanta” debe quedar un espacio no inferior a 1,5 metros”.

A parte de lo que dice la Ley, las maniobra de filtrado de tráfico no suelen ser sancionadas cuando se produce una congestión de tráfico y los vehículos se encuentran detenidos. Lo que no implica que el agente que observa la infracción pueda multar en caso de observar un comportamiento que atente contra la seguridad vial.

Fuente: businessinsider.es

 
 
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