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FEMA quiere que se protejan los datos de los motoristasImprimir
14 de Abril de 2020
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FEMA quiere que se protejan los datos de los motoristas

FEMA exige la inclusión del segmento de las motocicletas en las pautas de protección de datos de los vehículos a motor que la Junta Europea de Protección de Datos ha publicado en febrero de 2020.

El Secretario General de FEMA, Dolf Willigers: “La protección de nuestra privacidad y la propiedad de nuestros propios datos es un tema importante para nosotros. Debemos poder decidir qué sucede con los datos de nuestro vehículo y a quién va. Las Directrices EDPB 1/2020 son una buena manera de proteger los derechos del propietario del vehículo. Deben incluirse los propietarios de motocicletas, lo que no parece ser el caso en este momento. Espero que la Junta Europea de Protección de Datos nos escuche ”.

La Junta Europea de Protección de Datos (EDPB) publicó las directrices sobre el procesamiento de datos personales en el contexto de vehículos conectados y aplicaciones relacionadas con la movilidad, y abrió una consulta pública que finalizó el 1 de mayo de 2020. FEMA ha respondido, por supuesto, y exige la inclusión de las motocicletas dentro de los vehículos con protección de datos.

Estudiamos las directrices y llegamos a la conclusión de que brindan una buena protección a los propietarios de vehículos guardando su privacidad y protegiendo sus derechos sobre los datos del vehículo. El propietario del vehículo tiene el control de los datos tanto como sea posible. En ciertas circunstancias, otras regulaciones anulan el Reglamento General de Protección de Datos (EU GDPR, Reglamento (EU) 2016/679), pero no vemos ningún problema en eso.

Sin embargo, notamos que el alcance de las directrices no está claro. En algunos lugares solo menciona 'vehículos' y en otros lugares 'automóviles' sin definir qué se entiende con 'vehículos'. Dado el hecho de que en otros lugares se usa la palabra automóvil, sugiere que esto es lo que la Junta tenía en mente cuando se redactaron las directrices. Dado que en la legislación de la UE la palabra vehículo generalmente se usa para vehículos de las categorías M1, M2, N1 y N2 (automóviles, autobuses, furgonetas y vehículos grandes y pesados ​​o camiones) se puede suponer que estos vehículos también están dentro del alcance de las directrices.

Las motocicletas y otros vehículos de categoría L generalmente no están incluidos en la legislación de la UE, se espera que se mencionen específicamente, y tampoco se mencionan específicamente en las Directrices EDPB. Por lo tanto, tememos que las motocicletas no se consideren dentro del alcance de las Directrices EDPB cuando deberían estarlo. Hemos alertado a la Junta Europea de Protección de Datos sobre esto y exigimos la inclusión explícita de motocicletas dentro del alcance de las Directrices EDPB. 

Visión de FEMA sobre las Directrices EDPB 1/2020 relativo al procesamiento de datos personales en el contexto de vehículos conectados y aplicaciones relacionadas con la movilidad (versión 1, adoptada el 28 de enero de 2020):

“Nos preocupa el uso de los datos de los vehículos, incluidas las motocicletas y otros vehículos de dos y tres ruedas motorizados, por parte de los fabricantes de motocicletas y otros, y la privacidad de sus propietarios. Por lo tanto, estamos contentos con las Directrices de EDPB y creemos que pueden contribuir a la aplicación del derecho de propiedad de los datos y la protección de la información sobre la vida personal de los propietarios y usuarios de vehículos. Sin embargo, el alcance de las Directrices no es lo suficientemente claro. En las Pautas (conectados) los vehículos se mencionan en varios lugares, mientras que en otros lugares se mencionan los automóviles. Esto da la impresión de que solo los automóviles (¿vehículos de categoría M1?) Están dentro de las Directrices y no otros vehículos como las categorías L, N1, M2, N2. Algunos modelos ya están conectados y al menos una marca (BMW) ya descarga datos (personales) de la motocicleta cuando es atendida por el taller en un concesionario BMW sin el consentimiento explícito o, a menudo, incluso el conocimiento del propietario. Como federación de organizaciones de derechos de motociclistas en Europa, estamos muy preocupados por los avances en la recopilación y el procesamiento de datos y creemos que las motocicletas y otros vehículos de categoría L deben incluirse explícitamente en el alcance de las Directrices”.

Fuente: FEMA

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