En la redacción propuesta en el borrador, se establece:
- Que el CARRIL-BUS será de uso exclusivo del autobús urbano, salvo que por señalización se permita el uso de otro tipo de vehículos. Con esta redacción se excluye a priori a la moto, al ciclomotor y al taxi.
- Que el carril-bus se podrá balizar o segregar con separadores físicos (popularmente conocida por "aleta de tiburón") que "en ningún caso se considerarán obstáculo en la vía pública".
- Que se mantenga la autorización de uso del CARRIL-BUS por motocicletas y ciclomotores y se recoja en la ordenanza.
- Que se elimine la "aleta de tiburón" como elemento de baldamiento o separación del carril-bus, por suponer un obstáculo en la vía que genera riesgo de accidente a los usuarios de vehículos de dos ruedas (motocicletas, ciclomotores y bicicletas).
Asociación Mutua Motera