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26 de Abril de 2018
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Los radares móviles en situación estática tendrán margen de error del 5%

Los radares móviles en ubicación fija que utiliza la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil deberán tener un margen de error del 5% y no del 7%, el mismo porcentaje que a los dispositivos fijos, así lo ha fijado el Tribunal Supremo.

Dicho porcentaje será de aplicación a todos los radares móviles, ya sea desde una ubicación fija sobre trípodes, sobre bionda o sobre un automóvil camuflado. Dicho margen surge de la imposibilidad de discriminar por parte del Tribunal, si el margen de error debe ser del 5 o el 7% en función de las órdenes ministeriales que regulan los dispositivos fijos y lo móviles en situación estática.

El nuevo margen de error se fija tras una sentencia emitida desde la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que ha desestimado un recurso de casación interpuesto por un conductor que fue grabado por un radar cuando conducía en torno a los 200 km/h por la AP-68. Al conductor se le impuso una multa de 1.080 euros y la prohibición de conducir durante un año y un día, por un delito que atenta contra la Seguridad Vial.

En el caso tratado el margen de error cambia por completo la condena y podría haber resultado absuelto, en lugar de condenado. Cuando no se supera en 80 km/h la velocidad máxima permitida en la vía, no se considera delito penal.

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