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La justicia europea anula los nuevos límites de emisiones para los diéselImprimir
13 de Diciembre de 2018
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La justicia europea anula los nuevos límites de emisiones para los diésel

El Tribunal General de la Unión Europea da la razón a los ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas en su recurso contra la decisión de la Comisión Europea de establecer unos límites más restrictivos para las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx) para los vehículos diésel.

Dichos límites están por encima de los que se fijaba en la norma anterior y la Justicia europea ha dictaminado que el Ejecutivo comunitario no es competente para modificar los límites de emisiones marcados por la homologación para cumplir con la nueva norma Euro 6 durante los ensayos en condiciones reales de conducción (ensayos RDE).

El objetivo de las nuevas pruebas de homologación es evitar los trucajes de software para cumplir con las pruebas de laboratorio. Pero la Comisión Europea fue más allá y aprovechó para disminuir aún más el nivel de emisiones previsto y aprobado en 2016.

Según arguyen desde la Comisión Europea las nuevas pruebas llevan a modificar los límites mediante un coeficiente de corrección. En Euro 6 el límite anterior de 80 miligramos por kilómetro, tendría que cambiar según los ensayhos RDE a 168 mg/km para un periodo transitorio y después a 120 mg/km. Unos límites resultan demasiado exigentes según recuerdan desde los ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas.

Con la sentencia, el Tribunal General confirma que los tres consistorios están legitimados para impugnar los límites de emisiones determinados con respecto a los ensayos en condiciones reales de conducción, algo que cuestionaba el Ejecutivo comunitario.

Y, en segundo lugar, los jueces europeos señalan que los límites de emisiones fijados en la norma Euro 6 constituyen "un elemento esencial" de la normativa que "la Comisión no puede modificar". Por tanto, concluyen que el Ejecutivo comunitario "no era competente para modificar, mediante la aplicación de coeficientes de corrección, tales límites con respecto a los ensayos RDE".

Finalmente el tribunal de Luxemburgo añade que resulta "imposible" determinar si se respeta la norma Euro 6 en ensayos RDE, aun aceptando que son necesarias diversas modificaciones técnicas.

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