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12 de Septiembre de 2019
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Los vehículos de examen podrán llevar ADAS

A partir del 15 de septiembre se admiten los Sistemas de Ayuda a la Conducción (ADAS) en los vehículos de examen utilizados en las pruebas de aptitud. Esto supone que los vehículos podrán tener elementos de equipamiento como el encendido automático de luces que se activan una vez rebasada la señal, y no antes como hacen los alumnos aspirantes.

Este hecho ya no tendrá penalización por parte del examinador. Un cambio en los criterios de calificación que se extenderá a la intromisión del resto de elementos de seguridad del vehículo para los que se ha establecido normas concretas.

En caso de entrada en acción del sistema de frenada de emergencia (AEB), no será penalizado si solo avisa (que hace en primera instancia), pero sí si entra en acción frenando el vehículo por sí solo (se trata de que el conductor domine el vehículo), por lo que la falta será eliminatoria (equivale a una frenada de emergencia realizada por el profesor).

Desde las autoescuelas se demanda que los profesores puedan advertir a sus alumnos de la presencia de un obstáculo, que cumple con la misma función que el aviso preventivo de los AEB. De este modo se promueve la igualdad de oportunidades para los alumnos que conducen los vehículos de autoescuela más antiguos.

Esta información se explica en una nota informativa de la DGT donde se detallan los diferentes sistemas ADAS contemplados y los criterios de calificación correspondientes.

Fuente: CNAE

 
 
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