Asociación Mutua Motera

              Teléfono de la AMM           Inicio   E-mail
 
Usted se encuentra en: Voluntariado
Disposición que regula el cierre de carreteras tras declarar el Estado de AlarmaImprimir
21 de Marzo de 2020
volver
Disposición que regula el cierre de carreteras tras declarar el Estado de Alarma

El Real Decreto por el que se declara el "Estado de Alarma", permite cerrar las carreteras a la circulación. La resolución del Ministerio del Interior publicada en la Disposición 3946 del BOE núm. 78 de 2020 también restringe la circulación de vehículos.

El Real Decreto por el que se estableció el Estado de Alarma para luchar contra el coronavirus señala que el ministro del Interior “podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos”. 

Los vehículos que quedan libres de restricciones son los de emergencias y auxilio en carretera, los vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras, los de distribución de medicamentos y  material sanitario, los de recogida de residuos sólidos urbanos, combustibles, transporte de ganado y mercancías perecederas, y los vehículos de Correos.

El objetivo es preservar la salud pública a la par que se asegura el abastecimiento de bienes de primera necesidad y la prestación de servicios esenciales.

El Director General de Tráfico, Pere Navarro, será el encargado de informar de la misma a los responsables de tráfico de las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las competencias, o en su caso, a las autoridades locales con competencias de tráfico.

Fuente: Twitter DGT

 
 
Aviso legal | Contacto | Localización