Asociación Mutua Motera

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Resolución Consulta. Hipoacusia y conducción. Entorno legal.Imprimir
31 de Enero de 2011
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Resolución Consulta. Hipoacusia y conducción. Entorno legal.

El presente documento guarda por objeto dar respuesta a la consulta planteada sobre las consideraciones del Departamento de Formación de la Asociación Mutua Motera relativas a los condicionantes legales de la patología "hipoacusia" en la conducción de vehículos a motor y ciclomotores.

 

A la vista de los informes obrantes en poder de este departamento y de los apartados y subapartados anteriores, teniendo en consideración la Ley de Seguridad Vial, el Reglamento que la desarrolla y el Real Decreto 818/2009 se considera:

 Que el informe de la "M.A.Z. sociedad de prevención" carece del conocimiento legal necesario para afirmar que "la patología detectada le impide conducir vehículo empresa.../..." utilizando criterios personales que no legales o que cuando menos, los mismos no han sido reflejados en los correspondientes informes.

 Que ciertamente existe una patología detectada consistente en hipoacusia bilateral, certificada en informe por la "M.A.Z. sociedad de prevención".

 Que en beneficio del servicio prestado y bajo la responsabilidad de la prevención y la seguridad, es recomendable que el trabajador afectado pase un nuevo reconocimiento médico en un "Centro médico de reconocimiento de conductores" legalmente acreditado.

 Que el correspondiente informe emitido por el mismo deberá darse el traslado correspondiente a la Jefatura Provincial de Tráfico y a Cruz Roja Asamblea Provincial.


Si quieres leer el informe completo, clica en el documento adjunto.

Conclusiones y recomendaciones.

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