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11 de Octubre de 2016
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Las multas no se notificarán por medios electrónicos

Pese a las noticias aparecidas en numerosos medios nacionales sobre la posibilidad de notificar las multas de tráfico de forma electrónica, Tráfico desmiente ahora las notificaciones vía SMS.

La confusión surgió a raíz de una información aparecida en el diario El País, de la que se hicieron eco Autopista y otros medios. En realidad, la nueva Ley de Procedimiento Administrativo aprobada en los últimos días no contempla en general la notificación por métodos electrónicos.

La nueva Ley de Procedimiento Administrativo (Ley 39/2015) no modifica la forma en la que se notifican las sanciones de tráfico, que seguirá haciéndose mediante correo certificado para personas físicas y por Dirección Electrónica Vial para las empresas y los particulares que así lo soliciten expresamente.

La ley considera que los medios electrónicos no son válidos para la práctica de notificaciones, aunque se podrá indicar una dirección de correo electrónico o un dispositivo electrónicos para recibir los avisos de las notificaciones (no las propias notificaciones).

El razonamiento es que debe quedar constancia de que se ha llevado a cabo la notificación, y que el sancionado debe tener garantizados sus derechos para que pueda activar los mecanismos de defensa que establece el ordenamiento jurídico.

Por tanto seguimos con el correo certificado con acuse de recibo para las multas.

 
 
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