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La DGT estudia relanzar el Consejo Superior de TráficoImprimir
11 de Enero de 2017
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La DGT estudia relanzar el Consejo Superior de Tráfico

El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible no se reúne desde el 2014. Se trata de un órgano consultivo que reúne en torno a una mesa todos los actores del sector junto con las administraciones autonómicas y municipales.

Gregorio Serrano, director general de Tráfico, anunció su intención de revisar la estrategia de seguridad vial en la que reformará la Ley de Seguridad Vial y el Reglamento de Circulación. Una reforma que tratará de llevar a cabo en el seno de la Comisión de Seguridad Vial y Movilidad Sostenible del Congreso y en el Consejo Superior de Tráfico y Seguridad Vial.

Junto a la participación de las diferentes administraciones y la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), el Consejo Superior de Tráfico puede reunir de forma anual a los sectores de motociclistas, automovilistas, ciclistas, peatones y asociaciones de víctimas. Dicho consejo se divide en “grupos de trabajo” creados para tratar temas concretos, como por ejemplo, la alta siniestralidad de los motoristas. Algo muy demandado desde ésta nuestra Asociación Mutua Motera y cuya última reivindicación puede leerse aquí.

Los últimos plenos o reuniones del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible corresponden a los años 2013 y 2014, y se pueden consultar aquí.

Fuente

¿Qué es el Pleno?  El Pleno es el máximo órgano del Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible y se reunirá previa convocatoria de su Presidente, siempre que sea necesario y, al menos, una vez al año. El pleno ejerce las funciones que aparecen recogidas en el artículo 8 del Real Decreto 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: a) Informar y, en su caso, proponer planes de actuación conjunta en materia de seguridad vial o movilidad sostenible para dar cumplimiento a las directrices del Gobierno o para someterlos a su aprobación. Dichas propuestas, que no serán vinculantes, deberán considerar en particular la viabilidad técnica y financiera de las medidas que incluyan. b) Asesorar a los órganos superiores y directivos del Ministerio del Interior en esta materia. c) Informar los convenios o tratados internacionales sobre seguridad vial o movilidad sostenible antes de la prestación del consentimiento del Estado en obligarse por ellos. d) Informar o proponer, en su caso, los proyectos de disposiciones generales que afecten al tráfico y la seguridad vial o movilidad sostenible. e) Informar sobre la publicidad de los vehículos a motor. f) Impulsar, mediante las correspondientes propuestas, la actuación de los distintos organismos, entidades y asociaciones que desarrollen actividades en esta materia. g) Conocer e informar sobre la evolución de la siniestralidad vial en España.
 
 
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