Las multas de tráfico son notificadas habitualmente en el domicilio del conductor y posteriormente a través del TESTRA. En este caso la multa había sido devuelta por el servicio de correos con la indicación de "ausente en horas de reparto”.
Al parecer la multa había sido dirigida a un domicilio diferente al indicado por el conductor. Ello conduce a una notificación edictal a través del TESTRA inadecuada y, por tanto, a que Hacienda no pueda rechazar el recurso por no tener competencia en materia de tráfico.
Por tanto la sentencia dictamina que la DGT tendrá que devolver el importe de la sanción y los puntos detraídos del carné de conducir además de abonar las costas judiciales.
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