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27 de Julio de 2018
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Aprueban el proyecto de Movilidad urbana de Madrid

Tras la presentación de más de 1.057 alegaciones, de las que se han estimado el 25%, se ha aprobado de manera definitiva la Ordenanza de la Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid.

La nueva Ordenanza tiene como objetivo conseguir una mayor convivencia y seguridad vial, una movilidad más sostenible y la protección a determinados colectivos especialmente vulnerables. Dentro del proyecto se incluye el Plan A de creación de una zona de Bajas Emisiones `Madrid Central´, y los criterios de acceso a la misma.

Estacionamiento de motocicletas y ciclomotores

Los aparcamientos para vehículos de dos ruedas, entre los que se incluyen, motos, ciclomotores, bicis y vehículos de movilidad urbana tipos A y B (patinetes eléctricos y segways), tendrán que aparcar en las zonas destinadas a estos vehículos. En caso de no existir podrán aparcar en las aceras que dejen más de 3 m de ancho libre (en la actualidad es en aceras de 3 metros). En las aceras de menos de 6 m lo podrán hacer de forma paralela al bordillo, y en las de más de 6 m, en semibatería o ángulo junto al bordillo.

Las motos deberán guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales. No se podrá aparcar en las aceras cuando exista señalización específica que lo prohíba, en calles de especial protección para el peatón, en las paradas de transporte, ni en las plazas para personas de movilidad reducida o paradas de taxi.

No se podrá estacionar en la acera cuando exista banda de aparcamiento (como en el caso de Madrid Central), lo que se irá extendiendo progresivamente al resto de distritos de Madrid.

Finalmente se crea la obligatoriedad de dejar 5 metros de espacio libre en aceras y calzadas junto a los pasos de peatones nuevos o que se reformen. Dichos espacios serán dedicados a la creación de nuevos aparcamientos de motos porque quitan menos visibilidad e incrementan la seguridad vial.

Se puede consultar la Ordenanza de Movilidad de Madrid aquí.

 
 
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