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Nuevas placas azules para los taxis y distintivo para vehículos compartidosImprimir
2 de Agosto de 2018
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Nuevas placas azules para los taxis y distintivo para vehículos compartidos

Otras novedades de la Orden Ministerial del 31 de junio publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), anexo XVIII del Reglamento General de Vehículos incluyen la placa trasera azul para los taxis y un distintivo V-26 para vehículos de uso compartido que permita la identificación por las autoridades.

La placa de matrícula de los taxis y de los vehículos de arrendamiento con conductor de hasta nueve plazas tendrán el fondo en color azul con los caracteres en blanco. Las placas delanteras seguirán teniendo el color blanco de fondo con los caracteres en negro.

La orden es de aplicación inmediata para las nuevas matriculaciones, mientras que los propietarios de vehículos matriculados con anterioridad tendrán un plazo de un año para adoptar la nueva placa de matrícula. La numeración de la matrícula no se verá afectada por los cambios.

La medida ya adoptada en Holanda, Bélgica y Grecia, trata de proteger del intrusismo y la piratería al colectivo, y viene tras la aprobación en 2016 de la Proposición no de Ley para el transporte público de viajeros de vehículos de hasta nueve plazas.

Vehículo Compartido

El anexo II del Reglamento General de Vehículos sobre los vehículos de uso compartido, destinado al alquiler sin conductor para un número indeterminado de usuarios dentro de una zona delimitada, establece un distintivo V-26 para que las Administraciones públicas y las autoridades puedan distinguir claramente sus funciones.

El distintivo se deberá coloca en el ángulo superior izquierdo del parabrisas, o en caso de no tener, en sitio bien visible. De este modo se podrán adoptar más fácilmente medidas que favorezcan su regulación e implantación.

Finalmente se saca del vehículo tipo camión a los pick-up, que a falta de una normativa específica en el Reglamento General de Vehículos habían sido clasificados por defecto en dicha categoría. Ahora se definen a los pick-up, como vehículos cuya masa máxima no supera los 3.500 kg, en los que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único.

Fuente: DGT

 
 
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