Desde la Asociación Nacional de Vehículos de Dos Ruedas (ANESDOR) consideran positivo que se haya reconocido el papel de la motocicleta en la movilidad urbana, permitiendo que puedan acceder al área de Madrid Central con los distintivos B o C en horario de 7 a 22 horas y sin restricciones en aquellos vehículos de dos ruedas con distintivo CERO o ECO.
También aplaude el incremento de plazas de aparcamiento para motocicletas, con la creación de nuevas zonas en las cercanías de los pasos de peatones.
El gran área de prioridad residencial, Madrid Central, es un espacio que impide el acceso al centro de los vehículos de no residentes (o de sus invitados 20 al mes) y de aquellos más contaminantes. Las restricciones comienzan a aplicarse a partir de noviembre de 2018, aunque las multas que se impongan serán a título informativo hasta abril de 2019.
Los automóviles con etiqueta B o C podrán entrar circunstancialmente para dirigirse a algunos de los parkings de la zona, ya sea este privado o público.
Entre las medidas que contempla la renovada Ordenanza también se ve modificado el límite de velocidad que cambia en el 80% de las calles de Madrid de 50 km/h a 30 km/h, quedando exentas la mayoría de las avenidas de dos o más carriles por sentido. De este modo se pacifica el tráfico y se reduce el riesgo de morir por atropello que es ocho veces menor si se circula a 30 km/h.
Muchas calles serán señalizadas como peatonales o Zona 30, lo que no solo limita la velocidad sino que también implica el libre tránsito de los viandantes sin necesidad de utilizar los pasos de peatones.
Fuente: ANESDOR y Ayuntamiento de Madrid