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Reforma del Código Penal: pendiente de las penas por homicidio con imprudencia en la conducciónImprimir
16 de Noviembre de 2018
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Reforma del Código Penal: pendiente de las penas por homicidio con imprudencia en la conducción

La Comisión de Justicia del Congreso no ha llegado a una decisión de consenso para aprobar las nuevas penas en casos de homicidio con imprudencia en la conducción. La reforma venía con amplio consenso en las Cámaras pero ha sido aplazada la decisión ante la falta de cuórum.

La reforma que se inició a instancias de las asociaciones de víctimas de los accidentes de tráfico, pretende aclarar la situación de las penas graves y menos graves, incrementar la carga punitiva del homicidio por imprudencia e introducir el delito de abandono del lugar del siniestro u omisión del deber de socorro.

Los delitos de imprudencia grave se refieren al exceso de velocidad, la conducción bajo los efectos del alcohol u otras drogas, admiten diversas interpretaciones según cada juez. Con la reforma no quedará margen para la interpretación. Una interpretación que podía llevar fácilmente a incrementar la carga punitiva con penas que pasan de 4 a 9 años en caso de que hubiera varios fallecidos y/o heridos graves derivados de la conducción imprudente.

Con la reforma también se quiere sancionar la “maldad intrínseca” de quien deja a alguien en la carretera tras haber sufrido un siniestro. Una falta de solidaridad con la víctima que se quiere sancionar penalmente si se está relacionado de manera directa con el accidente.

En el borrador pendiente de aprobación se citan penas de entre seis meses y cuatro años de cárcel y la retirada del carné de conducir entre uno y cuatro año, por abandono del lugar del accidente tras cometer un delito por imprudencia en la conducción.

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