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Las aseguradoras discuten cuánto vale la vida de un hijo
  31 de Enero de 2013
  Las aseguradoras discuten cuánto vale la vida de un hijo

La indemnización básica que reciben unos padres por la muerte de su hijo en un accidente de tráfico es de 105.133 euros, según la actualización del baremo de accidentes publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que contempla una subida del 2,9 por ciento en línea con el incremento del Índice general de Precios al Consumo (IPC).

Esta cantidad, que se refiere a la indemnización básica por fallecido, es menor en caso de que los padres no convivieran con su hijo, de 76.460 euros. Mientras, los hermanos de la víctima, en caso de tenerlos y de ser menores de 25 años, recibirían 76.460 euros, el primero, y 19.115 a partir del segundo.

A todas estas indemnizaciones se aplica distintos factores de corrección en función de los ingresos que tuviera la víctima y de circunstancias especiales, como discapacidades físicas o psíquicas de personas a su cargo o fallecimiento de ambos progenitores, entre otras, que se suma a la indemnización básica.

"Es muy chocante que valga más el coche que atropella a alguien que la vida del propio muerto", ha señalado a Europa Press el presidente de la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes de Tráfico (DIA), Francisco Canes, que ha tachado de "burla" este tipo de indemnizaciones que reciben de las compañías de seguro las víctimas de accidentes en España.

En este sentido, ha recordado que, según un estudio encargado por la Dirección General de Tráfico (DGT) a la Universidad de Murcia, el valor de la vida estadística de un ser humano fallecido en un accidente es de 1,3 millones de euros, a lo que hay que sumar otros 100.000 euros por pérdida de productividad en su trabajo y los costes médicos. "Estamos hablando de una diferencia muy importante con lo que se indemniza ahora mismo", ha subrayado.

Actualmente, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, está negociando con la patronal de las compañías de seguro y las víctimas de accidentes una reforma del baremo de accidentes, que sirve para cuantificar la indemnización que reciben las víctimas o sus allegados tras sufrir un accidente de tráfico.

Así por ejemplo, el baremo establece que el cónyuge de una persona que se deje la vida en carretera recibirá 114.691 euros si la víctima era menor de 65 años; 86.018 euros si tenía entre 66 y 80 años; y 57.345 euros si era mayor de 80 años. En el primer caso, a cada hijo mayor de edad y menor de 25 años le corresponderían 19.115 euros y a los hijos mayores de 25 años 9.557 euros. Las víctimas consideran que estas cantidades no se adecuan "ni a lo que vale la vida humana" ni al actual nivel de vida.

Así, en una reciente intervención en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados, el portavoz de las asociaciones de víctimas, el abogado José Pérez Tirado, denunció que aunque desde 1995 los vehículos a motor, y por tanto los clientes del sector asegurador, han aumentado un 65 por ciento y los fallecidos en accidentes se han reducido un 57 por ciento, las indemnizaciones a las víctimas no se han aumentado en una proporción similar.

FISCALÍA LO TACHÓ DE "DESFASADO"

También el Fiscal delegado de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha calificado de "absolutamente insuficiente" y "desfasado" el baremo de accidentes, que contempla unas indemnizaciones "de las más bajas en el ámbito de la UE".

La Fiscalía forma parte del grupo de trabajo que está en estos momentos revisando el baremo de accidentes. Los trabajos del grupo estaba previstos que terminasen a finales de 2012 con el objetivo de que la propuesta pudiera ser enviada a Consejo de Ministros e iniciar su tramitación parlamentaria. Sin embargo, finalmente los trabajos se han prorrogado, según han señalado fuentes que participan en el grupo de trabajo.

De momento, los trabajos se han centrado en adaptar el baremo a la situación actual de las familias, para que por ejemplo un menor que pierde a la pareja de su madre, que no era su padre biológico, pero que se había hecho cargo de él, pueda recibir una indemnización, cosa que ahora mismo no contempla la norma, indican las mismas fuentes. A partir de ahora, se abre la fase de negociación sobre la cuantía de las indemnizaciones en el nuevo baremo.