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Los talleres deben entregar un resguardo de depósito
  26 de Febrero de 2014
  Los talleres deben entregar un resguardo de depósito

Los talleres están obligados a entregar al propietario del vehículo un resguardo de depósito, según informa el departamento jurídico de la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios (Ganvam).

El resguardo sirve tanto para retirar el vehículo como a la hora de recoger un presupuesto solicitado.

Ganvam apunta que en muchas ocasiones el taller no sabe con exactitud qué documentos está obligado a entregar a un cliente al recepcionar su vehículo. Por ello, la asociación pretende dar respuesta a esta cuestión y otras dudas frecuentes a través del libro 'Las 194 preguntas fundamentales del sector automoción y las soluciones de Ganvam'.

Ahora bien, para que el resguardo sea un documento “perfectamente correcto”, debe incluir, entre otros datos, el número de taller en el Registro Especial de Talleres de Reparación (RET), la identificación fiscal y el domicilio, el nombre y domicilio del usuario, la marca, modelo, matrícula y kilómetros recorridos del vehículo, y una explicación de si el depósito es para presupuesto o para reparación.

Asimismo, el taller tiene que poner una descripción de la reparación o del servicio a prestar y la fecha prevista de entrega (del coche reparado o del presupuesto). El presupuesto tiene una validez mínima de doce días hábiles.

Finalmente, Ganvam aclara que únicamente se podrá prestar el servicio cuando el cliente haya dado su conformidad expresa firmando el presupuesto.

En caso de renunciar al presupuesto, en algunas comunidades autónomos se exige que el usuario firme el presupuesto junto con la frase “renuncio al presupuesto”, escrita de su puño y letra.