Asociación Mutua Motera

      
 
 
Los conductores comunitarios residentes deberán renovar su carnet
  8 de Febrero de 2016
  Los conductores comunitarios residentes deberán renovar su carnet

Desde el 1 de enero la Dirección General de Tráfico está multando con 200 € a todos aquellos conductores pertenecientes a la Unión Europea que residan en España y no hayan renovado su permiso de conducir.

Aunque la medida de obligatoriedad de renovar el permiso de conducción entró en vigor el 19 de enero de 2015, la DGT ha dado un periodo de gracia para que los ciudadanos comunitarios conocieran la medida y tuvieran un periodo transitorio en el que poder regularizar su situación.

La norma de obligado cumplimiento viene regulada por la Directiva Comunitaria 2006/126/CE sobre el permiso de conducción que establece que todos los residentes en España por un periodo superior a los dos años y de origen comunitario deben renovar su carnet, con independencia del país comunitario de origen y el periodo de vigencia del mismo.

Estos son las medidas a adoptar si aún no ha regularizado su situación:

Lo primero que deben hacer los conductores afectados es solicitar cita previa en el teléfono 060 o a través de la página web de la DGT. Una vez sean citados, deberán acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico de su domicilio con la siguiente documentación:

  • Permiso de conducción original y fotocopia.
  • Documento que acredite la identidad.
  • Documento legal que acredite la residencia.
  • Número de teléfono o mail donde pueda ser localizado.

Con estos documentos, la Jefatura solicitará la verificación del permiso de conducción al país expedidor, y una vez recibida, se pondrá en contacto con el interesado para que se presente en la misma con los siguientes documentos para finalizar el trámite:

  • Solicitud de renovación del permiso de conducción comunitario.
  • Informe de Aptitud psicofísica emitido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
  • Fotografía reciente
  • Talón foto que facilita la Jefatura de Tráfico.
  • Justificante de pago de la tasa (23,50 €).
  • Permiso de conducción original.

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