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La DGT niega la mayor en el informe de las Multas de TráficoImprimir
30 de Abril de 2015
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La DGT niega la mayor en el informe de las Multas de Tráfico

La DGT ha salido al paso mediante un comunicado de las noticias generadas por el informe `Multas de Tráfico, ¿recaudación o reeducación?´, que alerta sobre el acusado incremento del 80% en el número de multas durante la crisis.

Tráfico dice negar rotundamente haber aumentado el número de multas durante los años 2007 al 2013, asegurando que se trata de una manipulación de los datos que facilita la DGT.

Según explican desde la propia DGT, “es erróneo atribuir los datos que en este informe se manejan únicamente a este organismo”, pues en España tienen competencia sancionadora en materia de tráfico interurbano el Gobierno Vasco, la Generalitat de Cataluña y los más de 2.300 ayuntamientos.

De esta manera Tráfico tramitó directamente 2,5 millones de denuncias en 2006; 3,5 en 2007, 4,7 en 2008 y 4,8 en 2009, ejercicio en el que se alcanzó la máxima presión sancionadora sobre el ciudadano vista hasta hora, y momento al partir del cual comienza a disminuir hasta los 4,2 millones del 2014.

Tráfico achaca el incremento del 92% en el momento álgido entre los años 2006 y 2009, a la instalación de los primeros radares fijos, a la instauración del permiso por puntos y al Centro de Tramitación de Denuncias Automatizadas.

Además se defiende indicando que entre el año 2000 y el 2014 el número de fallecidos ha disminuido de 4.241 a 1.131 (-73%).

Finalmente la DGT quiere matizar que denuncia, sanción y multa no son la mismos conceptos, aunque se les asigne los mismo significados:

  • Con la denuncia se abre un procedimiento sancionador de tráfico, y que se inicia con la actuación de un agente de la autoridad que observa una infracción. Puede notificarse en el acto o no.
  • Sanción es el resultado de la tramitación en tiempo y forma de la denuncia. Desde el año 2009, la única sanción que existe en las infracciones de tráfico es la multa, pues los puntos no son una sanción.
  • Por último, el término "multa" que se suele equiparar en términos coloquiales a la denuncia por la comisión de una infracción de tráfico, tiene un significado diferente desde un punto de vista jurídico, la "multa" es la sanción que corresponde a las infracciones. Por tanto la sanción sólo es multa (los puntos no son sanción aunque tengan efectos punitivos).
 
 
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