Asociación Mutua Motera

              Teléfono de la AMM           Inicio   E-mail
 
La DGT intensifica esta semana la vigilancia sobre furgonetas y camionesImprimir
12 de Febrero de 2013
volver
La DGT intensifica esta semana la vigilancia sobre furgonetas y camiones

La Dirección General de Tráfico (DGT) intensificará los controles sobre furgonetas y camiones entre este lunes y el domingo 17 de febrero coincidiendo con una campaña realizada por la Organización Internacional de Policías de Tráfico (TISPOL) simultáneamente en más de 25 países europeos. En 2011, fallecieron 543 personas en los 11.822 accidentes con víctimas en los que al menos una furgoneta o camión estuvo implicado en dicho accidente.

Durante esta semana los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil controlarán furgonetas y todo tipo de camiones, independientemente del país en el que estén matriculados, incidiendo en aspectos tales como la velocidad a la que circulan, las horas de conducción y el tacógrafo, el exceso de peso, defectos técnicos del vehículo, la seguridad de la carga transportada,  la documentación del vehículo y conductor, el uso del cinturón de seguridad por parte del conductor y ocupantes, o si conduce bajo los efectos del alcohol o las drogas.

Los camiones y furgonetas son los tipos de vehículos más numerosos que circulan por las carreteras, después de los turismos. En concreto, más de 5 millones de unidades con matrícula española transitan por la red viaria. De estos más de la mitad fueron matriculados antes de 2002, por lo que el 50 por ciento del parque en circulación tiene más de 10 años de antigüedad.

La distracción, según diversos estudios, está presente en cuatro de cada diez accidentes, y de ellos, casi la mitad provienen de la distracción del conductor del camión implicado. Además, el 20 por ciento de los camioneros implicados en un accidente cometieron alguna infracción, según un estudio de la Fundación para la Investigación y Desarrollo en Transporte y Energía (CIDAUT).

Por este motivo, se controlará que los conductores cumplan los tiempos de conducción y descanso que establece la ley, ya que Tráfico advierte de que "un exceso en el tiempo de conducción puede generar fatiga y distracciones, aumentando el riesgo de sufrir o provocar un accidente".

El tiempo máximo de conducción ininterrumpida es de 4 horas y 30 minutos, momento en el que hay que respetar una pausa de al menos 45 minutos también ininterrumpidos, a menos que se tome un periodo de descanso diario. Puede sustituirse la pausa de 45 minutos por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, siempre en este orden. El tiempo máximo de conducción diario no puede ser superior a 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a 10 horas.

Incumplir estos tiempos está sancionado con una infracción grave o muy grave, en función de que se supere el 50 por ciento el exceso en los tiempos de conducción o la minoración de los descansos. Si se supera ese 50 por ciento, la infracción es muy grave y supone la multa de 500 euros y la pérdida de 6 puntos. Además, se procedería a la inmovilización del vehículo, salvo que el conductor fuera sustituido por otro.

ACCIDENTES POR VELOCIDAD

Junto a las distracciones, la velocidad inadecuada es otra de las principales causas de accidentes entre los conductores de camiones y furgonetas. En 2011, de los 11.822 accidentes con víctimas que se produjeron, la velocidad estuvo presente en 1.164 casos.

Por lo que respecta al alcohol, la tasa máxima de alcohol permitida a los conductores profesionales de vehículos destinados al transporte de mercancías es de 0,3 gramos por litro de sangre, o de 0,15 miligramos por litro de aire espirado, tasas equivalentes en las que solo existe diferencia en la obtención de la muestra analizada.  

Con el objetivo de reducir la accidentalidad de este tipo de vehículos, la Comisión Europea está trabajando para introducir dispositivos en los vehículos que reduzcan los accidentes. Por este motivo la Comisión Europea introdujo en la legislación comunitaria la Directiva 2003/97/CE relativa a la homologación de los dispositivos de visión indirecta de determinados vehículos que ha sido completada con otra Directiva, 2007/38CE relativa a la adaptación de los retrovisores de los vehículos pesados de transporte de mercancías matriculados en la UE para evitar los ángulos muertos.

En España desde el 26 de enero de 2007 los nuevos camiones matriculados tienen que ir provisto de este tipo de retrovisores. Otro de los dispositivos que ayudan a hacer más visibles a los vehículos pesados de transporte de mercancías y así ayudar a reducir la accidentalidad en carretera es la señal de marcado de contorno V-23. 

Todos los vehículos largos y pesados de transporte de mercancías matriculados a partir del 10 de julio de 2011(peso máximo superior a 7,5 toneladas de más de 6 metros de largo y 2,1m de ancho, así como remolques y semirremolques de peso máximo superior a 3,5 toneladas) deben llevar esta nueva señal reflectante de marcado de contorno,  que permite percibir, en condiciones de baja visibilidad, el perímetro de la parte trasera y lateral de dichos vehículos.

CAMPAÑA EN LOS MEDIOS

Paralela a la campaña de vigilancia que se lleva a cabo en carretera, los ciudadanos pueden escuchar en radio varias cuñas informativas en las que se difunden mensajes orientados a mejorar la seguridad vial de los conductores de camiones y furgonetas.

Todos estos mensajes van en la línea de recordar que la carretera es un lugar común y que al lado, en este caso de los conductores de camiones y furgonetas, vamos todos. También se van a colgar en los principales mercados de abastecimiento carteles como el que aparece a continuación, reiterando la campaña y la oportunidad que tienen los conductores profesionales, de hacer con su experiencia una carretera más segura.

Imágenes Adicionales

 
 
Aviso legal | Contacto | Localización