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Condenan a la Diputación por la muerte de un motorista en accidente de tráficoImprimir
1 de Diciembre de 2010
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Condenan a la Diputación por la muerte de un motorista en accidente de tráfico

La víctima perdió el control por dos baches en la A-8, en Donostia. El Tribunal Superior le obliga a pagar una indemnización de 85.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha condenado a la Diputación de Gipuzkoa a indemnizar con 85.000 euros a la madre de un motociclista que falleció en un accidente de tráfico, después de que perdiera el control del vehículo debido a la existencia de dos baches en el asfalto. Con esta decisión el alto tribunal vasco confirma una sentencia dictada hace dos años por un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de la capital guipuzcoana. Los hechos ocurrieron el 15 mayo de 2005, en el kilómetro 23,400 de la autopista, a la altura del desvío de Añorga, en sentido a Irun, donde Francisco Javier T.L. de 33 años, falleció tras salirse de la calzada la moto que conducía. Tras el siniestro, la madre del fallecido, que en el procedimiento ha estado representada por el letrado Rubén Múgica, exigió responsabilidades a la Diputación, al considerar que el siniestro fue consecuencia del mal estado en el que se encontraba el firme de la carretera. La familia fundamentó su reclamación en el atestado que elaboró la Ertzaintza. La Policía hizo constar en el informe que el suceso se produjo por la existencia de dos baches de enormes dimensiones en el carril por el que circulaba la víctima y que, en definitiva, provocaron la pérdida de equilibrio y control de la moto. La familia consideró que, como quiera que la titular de la vía era la Diputación, ésta estaba obligada a mantener la carretera en las necesarias condiciones para la seguridad del tráfico.

Añadió asimismo que la institución foral no podía desentenderse de la actuación de la empresa que gestiona el mantenimiento de la carretera. Por todo ello, la madre del fallecido exigió una indemnización de 93.943 euros.

La Diputación, sin embargo, se opuso a la reclamación al considerar, por un lado, que la conservación de dicho tramo de la A-8 no era de su competencia, sino que correspondía a Bidelan. Por otro lado, consideraba que no estaba acreditado que la verdadera causa del accidente fueran los baches.

Demanda estimada

En mayo de de 2008, la juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 2 de San Sebastián estimó la demanda de la familia. La magistrada atribuyó la responsabilidad de lo sucedido a la Diputación, de quien dijo realizó un traspaso de la gestión de un servicio público a terceros, en este caso a Bidelan. La magistrada analizó igualmente los detalles del accidente. Recordó que el atestado policial descartó la existencia de gravilla en el suelo y recogió como causa determinante los dos baches de «enormes dimensiones» existentes al inicio de un tramo curvo hacia la izquierda. El juzgado, asimismo, consideró que no se había probado que el motociclista circulase a una velocidad superior a la permitida, efectuase una maniobra peligrosa o protagonizase una conducta temeraria. A la vista de estos razonamientos, la juez condenó a la institución a pagar los 93.943 euros.

Esta sentencia, sin embargo, fue recurrida ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV. Ahora este órgano ha rechazado de nuevo los argumenos de la Diputación y confirma la sentencia de instancia, aunque rebaja la cuantía de la indemnización y la fija en 85.403,03 euros, a los que, no obstante, habrá de añadirse el IPC desde el día de la reclamación. El TSJPV confirma los argumentos que ya esgrimió el juzgado de San Sebastián. Esta sentencia es firme.

Más información: Diario Vasco

 
 
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